Caso Lava Jato: Arbitrajes a la Odebrecht

De 42 controversias entre el Estado peruano y la empresa brasileña, la firma fue favorecida judicialmente en 35 oportunidades.

Composición gráfica tomada de IDL Reporteros

El caso Lava Jato , escribe Andy Spalding, experto en el tema y catedrático en la Facultad de Derecho de la universidad de Richmond, bien pudiera ser “la más dramática historia anti-corrupción que  el mundo haya visto jamás”.

No es una exageración. Como el propio Spalding –quien es además editor principal del Foreign Corrupt Practices Act Blog– lo resume, “la revolución anti-corrupción en Brasil” ya ha derrocado a la ex presidenta Dilma Rousseff, el presidente de la Cámara de Representantes, Eduardo Cunha, varios ministros y ex ministros de los gobiernos de Lula, Rousseff y Temer y “se rumorea que alcanzará al 60 por ciento del Congreso brasileño”. Sí, al 60 por ciento […] [En comparación] “el escándalo de Watergate en Estados Unidos parece un juego de niños en el parque”.

Como ya hemos visto, e IDL-Reporteros ha investigado prolijamente , el caso Lava Jato afecta a muchos países en Latinoamérica [y más allá], entre los cuales el Perú está cerca del tope de la lista.

Este artículo fue realizado por Ernesto Cabral y Leslie Moreno de IDL Reporteros .  Es republicado gracias a un acuerdo de redifusión de contenidos con CONNECTAS.

En el escándalo Lava Jato, Odebrecht es la más importante de las corporaciones investigadas e inculpadas hasta hoy. En Brasil, en Latinoamérica, en el Perú.

En este país, Odebrecht fue la principal contratista con el Estado peruano. Desde el 2001 –como investigó IDL-Reporteros– logró adjudicarse (muchas veces entre acusaciones y recusaciones de los competidores que protestaron por una notoria preferencia a la corporación brasileña) 24 proyectos (15 obras y 9 concesiones) por   más de 35 mil millones de soles contratados en los tres últimos gobiernos.

Pero una vez firmados los contratos e ignoradas las protestas, el monto siguió creciendo. A los costos se añadieron los sobrecostos exigidos por Odebrecht y concedidos con frecuente docilidad por el Estado. En los últimos 15 años, como documentó IDL-R en una investigación especial, los sobrecostos alcanzaron una suma mayor a 4 mil 600 millones de soles , por la ejecución de estas 15 obras más la etapa de construcción de la carretera Interoceánica Norte y Sur (tramos II y III).

Pero además de los costos y sobrecostos, el dinero que pagó el Estado a Odebrecht siguió creciendo. En esta nueva entrega IDL-R revela cómo un sistema diseñado para resolver controversias con rapidez: el arbitraje, terminó siendo un sifón a través del cual la transnacional brasileña sacó decenas de millones de dólares más a un Estado inerme, incompetente o cómplice. Mediante arbitrajes, Odebrecht ganó al menos 273 millones 570 mil 624 dólares entre los años 2003 y 2016.

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Luego de una ardua investigación que comprendió más de 50 pedidos de acceso a la información a diversas entidades públicas del país, entrevistas y cartas, IDL-R pudo conseguir la documentación de 42 arbitrajes y establecer una increíble desproporción de montos a favor de la compañía brasileña.

Bajo este sistema, en los últimos trece años, Odebrecht -sola o en consorcio- demandó arbitralmente 41 veces al Estado peruano, mientras que el Estado lo hizo solo una vez. De los 42 laudos emitidos -las resoluciones que contiene la decisión de los árbitros- Odebrecht ganó 35 veces, mientras que el Estado solo ganó siete arbitrajes.

Lo más interesante aparece al analizar los resultados que obtuvo cada entidad del Estado. El ministerio de Transportes lidera la deprimente lista de perdedores: de los 30 arbitrajes que tuvo con Odebrecht, perdió por goleada 26 arbitrajes, adquiriendo el compromiso de pagar a la empresa brasileña más de 200 millones de dólares. La única vez que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones presentó una solicitud de arbitraje contra la empresa brasileña, perdió.

La lista continúa -como muestra el siguiente gráfico- con entidades como Provías Nacional (cuatro arbitrajes perdidos) y el ministerio de Vivienda a través del Programa Agua Para Todos (tres arbitrajes perdidos). La excepción es Sedapal, que no perdió ningún arbitraje y evitó que el Estado desembolse más de 22 millones 469 mil dólares a Odebrecht.

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¿Qué pasa si ordenamos los arbitrajes en función de los proyecto ejecutados por Odebrecht? Vuelven a adquirir protagonismo las Carreteras Interoceánicas, obras que gradualmente están ganando la categoría de emblemáticas en cuanto a investigaciones sobre corrupción, como han revelado los reportajes de IDL-R.

Esta vez, por conflictos en la ejecución de obras, los arbitrajes reconocieron a favor de Odebrecht nada menos que 200 millones 572 mil 025 dólares, por IIRSA Norte y los tramos II y III de IIRSA Sur. En el siguiente gráfico mostramos el detalle de este monto junto al dinero reconocido a la empresa brasileña en otras cuatro obras.

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Como se ha dicho, el arbitraje es un mecanismo extrajudicial alternativo para resolver las controversias que compañías puedan mantener entre sí o con el Estado al suscribir contratos. Es regulado por la Ley General de Arbitraje, promulgada en 1996 durante el régimen de Alberto Fujimori.

Si bien fue concebido como una alternativa para la resolución de disputas entre privados, a partir de 1997 el arbitraje fue implementado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para remediar la falta de rapidez y especialización de los jueces en el Poder Judicial.

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¿Cuántas veces Odebrecht ha recurrido a este sistema para resolver conflictos con el Estado?IDL-R hizo el mayor esfuerzo por precisar el número exacto, pero la secretividad de este sistema no permite saber con exactitud la cantidad de procesos arbitrales (culminados o en curso) que tiene al Estado peruano como una de las partes.

Por un lado, el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) no tiene un registro completo y actualizado de los laudos arbitrales en su portal web, pues este no era obligatorio sino hasta el año 2008. Según la Contraloría en su informe “El Arbitraje en las Contrataciones Públicas durante el periodo 2003-2013”, la base de datos del OSCE registra solo 2796 laudos.

Los problemas no acaban ahí. En contradicción con el deber de transparencia en la información del Estado, incluyendo la referida a sus transacciones, cualquier intento de hacer la información pública puede ser sancionado. Los árbitros, secretario, instituciones arbitrales, testigos, peritos, las partes, sus representantes, asesores legales… en suma, cualquier persona que participe de un arbitraje está obligado a guardar silencio sobre el proceso, según el artículo 51 del Decreto Legislativo 1071, que norma el arbitraje. Incluso el reglamento de algunas instituciones podría sancionar una infidencia con una multa de hasta 50 UIT.

¿Hay más arbitrajes con Odebrecht y por ende mayor dinero adjudicado? La compañía respondió a IDL-R que “no cuenta con una base de información consolidada de este tema”.

“Antes de recurrir al mecanismo de Arbitraje”, añade Odebrecht, “la empresa agota la vía del Trato Directo, solicitada con la finalidad de arribar a una solución. Al no llegar a un acuerdo, se procede a utilizar el mencionado procedimiento”.

En una de las pocas excepciones a la actitud sumisa del Estado, las autoridades del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo decidieron reclamar por el laudo emitido a favor de Odebrecht en la ejecución del proyecto Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Empalme PE-5N Cuñumbuque – Zapatero- San José de Sisa. Lo pasaron del arbitraje a la vía judicial. El caso se encuentra actualmente en la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Lima para ver si procede o no su anulación.

Es probable que haya más laudos arbitrales guarecidos en la reserva, impermeables a la ley de acceso a la información y, si lo que IDL-R ha investigado y revelado hasta el momento es la norma, perjudiciales en su inmensa mayoría al Estado peruano.

En la próxima entrega, IDL-R dará a conocer quiénes fueron los árbitros y cuáles fueron sus fallos.

(*) Para el cálculo de los montos presentados en esta nota no se han considerado los conceptos por reajustes ni intereses. Cabe precisar que los montos en soles fueron convertidos a dólares según el tipo de cambio del MEF a la fecha del laudo.

Este artículo fue realizado por Ernesto Cabral y Leslie Moreno de IDL Reporteros .  Es republicado gracias a un acuerdo de redifusión de contenidos con CONNECTAS.


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